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  • RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto de construcción de nueva área de mantenimiento de ETS en Zumaia». - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus

Normativa

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RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto de construcción de nueva área de mantenimiento de ETS en Zumaia».

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 100
  • Nº orden: 2482
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 07/05/2024
  • Fecha de publicación: 23/05/2024

Ámbito temático

  • Materia: Transportes y obras públicas
  • Submateria: ---

Texto legal

Se redacta el proyecto de ejecución de la nueva área de mantenimiento para «Euskal Trenbide Sarea» en el T.M. de Zumaia a petición de ETS.

A raíz de la construcción del nuevo depósito de trenes de Zumaia, desaparecen las vías mango donde el área de mantenimiento de ETS opera sus máquinas. Por otra parte, el acceso por carretera a dichas vías se ha imposibilitado, por lo que no se pueden almacenar ni cargar materiales en dicha área de acopios.

Para proyectar la nueva área de mantenimiento en el emplazamiento elegido, es necesario realizar un movimiento de tierras, alargar la vía 3 y ejecutar un acceso desde «Sagarbide bidea» hasta la nueva parcela.

El proyecto de construcción define las actuaciones necesarias para ejecutar una nueva área de mantenimiento propuesta por el área de mantenimiento de ETS, que contará con acceso rodado y un área de acopio de materiales.

El ámbito del proyecto se limita a una parcela pública rodeada por la carretera «Sagarbide bidea» en el Este, y las vías de ETS en el Oeste.

La obra proyectada consta de una zona de tránsito y acopio y dos vías de mantenimiento, una electrificada y la otra no.

El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende un millón veinte mil seiscientos cincuenta y un euros con dos céntimos (1.020.651,02 euros), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de un millón cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos treinta y cinco euros con cuarenta céntimos (1.469.635,40 euros) y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de un millón doscientos catorce mil quinientos setenta y cuatro euros con setenta y un céntimos (1.214.574,71 euros).

El plazo de ejecución estimado para las obras es de seis (6) meses.

Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Este órgano es competente para la elaboración y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril, según lo dispuesto en el artículo 16.2 b) del Decreto 11/2021 de 19 de enero de 2021, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de mayo de 2024.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.

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