- RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2011, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se somete a información pública el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2011, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se somete a información pública el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Presidencia del Gobierno; Instituto Vasco de la Mujer
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 32
- Nº orden: 809
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 04/02/2011
- Fecha de publicación: 16/02/2011
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Medio natural y vivienda
- Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública; Urbanismo y vivienda
Texto legal
Las funciones que la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres otorga a la Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres se han venido ejerciendo con anterioridad por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer y, al mismo tiempo, son parcialmente coincidentes con las que tiene atribuidas este organismo autónomo. En consecuencia, a fin de evitar conflictos de competencias y solapamientos de funciones que pudieran darse entre la Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer y mantener una dirección única, se ha acometido la tramitación de un anteproyecto de Ley de modificación de la citada Ley 4/2005 con el objetivo único de suprimir la citada Defensoría como órgano independiente e integrarla dentro de dicho Instituto como un servicio más.
Según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas serán objeto de trámite de audiencia. Asimismo, y cuando la naturaleza de las disposiciones lo aconseje, se someterán a información pública.
La regulación que se pretende afectará a una pluralidad indeterminada de personas físicas y jurídicas, no siempre integradas en organizaciones que las agrupe o represente, siendo aconsejable por ello someterla a información pública.
El Decreto 15/2010, de 22 de septiembre, del Lehendakari, por el que se ordena el inicio del procedimiento de elaboración de este Anteproyecto de Ley, encomienda su tramitación a Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
Por todo lo anterior,
En Vitoria-Gasteiz, a 4 de febrero de 2011.
La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,
MARÍA SILVESTRE CABRERA.