- RESOLUCIÓN 37/2017, de 1 de marzo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación de las Directrices y Medidas de Gestión de la Zona Especial de Conservación (ZEC) Lago de Caicedo Yuso y Arreo (ES2110007) y del Biotopo Protegido del Diapiro de Añana. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN 37/2017, de 1 de marzo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación de las Directrices y Medidas de Gestión de la Zona Especial de Conservación (ZEC) Lago de Caicedo Yuso y Arreo (ES2110007) y del Biotopo Protegido del Diapiro de Añana.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 50
- Nº orden: 1310
- Nº disposición: 37
- Fecha de disposición: 01/03/2017
- Fecha de publicación: 13/03/2017
Ámbito temático
- Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa
- Submateria: Medio Ambiente; Urbanismo y vivienda; Ayuntamientos de la CAPV
Texto legal
El artículo 22.5 del Decreto Legislativo 1/2014, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, establece que los decretos de declaración de zonas especiales de conservación (ZEC) y de zonas de especial protección para las aves (ZEPA) contemplarán las normas elaboradas por el Gobierno Vasco para la conservación de los mismos, el cual ordenará publicar como anexo las directrices de gestión de espacio aprobadas por los respectivos órganos forales de los territorios históricos.
En este sentido, el Gobierno Vasco designó el lugar Lago de Caicedo Yuso y Arreo (ES2110007) y el Biotopo Protegido del Diapiro de Añana, Zona Especial de Conservación (ZEC) por Decreto 85/2016, de 31 de mayo, estableciendo en su artículo 3.3 y en su disposición final primera la competencia del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento para publicar, como Anexo al Decreto, las directrices y medidas de gestión aprobadas por las Diputaciones Forales de Álava y de Bizkaia.
En consecuencia, habiéndose aprobado por la Diputación Foral de Álava mediante Acuerdo de su Consejo de Diputados de fecha 31 de enero de 2017, la incorporación del documento de Directrices y Medidas de Gestión de la Zona Especial de Conservación Lago de Caicedo Yuso y Arreo (ES2110007) y del Biotopo Protegido del Diapiro de Añana, y su publicación como anexo al Decreto 85/2016, de 31 de mayo.
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de marzo de 2017.
El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,
JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.
(Véase el .PDF)