- Suministro de energía eléctrica para los edificios y garajes del Parlamento Vasco - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Documentación jurídica
ImprimirSuministro de energía eléctrica para los edificios y garajes del Parlamento Vasco
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 33_2019
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 11/02/2019
- Poder Adjudicador: Parlamento
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Pliegos. Cómputo del plazo de interposición del recurso contra los pliegos cuando la licitación debe anunciarse en el DOUE y esta es posterior a la publicación en la Plataforma. Exigencia como requisito de solvencia de que los licitadores suministren exclusivamente electricidad 100% de origen renovable, acreditación del requisito mediante la etiqueta "A"; naturaleza y alcance de la etiqueta "A"; incoherencia entre el requisito y el medio de prueba exigido para demostrarlo, la etiqueta A no es un certificado de gestión medioambiental y su posesión no implica capacidad técnica, prescinde de las magnitudes absolutas de las ventas; medio no válido para probar la solvencia técnica porque se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada y no está expresamente previsto en la LCSP, discriminación de las empresas capacitadas pero que no cumplen el requisito, principios de igualdad y salvaguarda de la libre competencia. La etiqueta A como condición especial de ejecución; falta de vinculación con el objeto del contrato. Cancelación de la licitación, necesaria para satisfacer la pretensión


