- Servicio de asesoramiento, soporte técnico y colaboración con el área de desarrollo local: comercio, turismo, empleo y promoción económica del ayuntamiento de Sopela - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Documentación jurídica
ImprimirServicio de asesoramiento, soporte técnico y colaboración con el área de desarrollo local: comercio, turismo, empleo y promoción económica del ayuntamiento de Sopela
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 86_2024
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 14/05/2024
- Poder Adjudicador: Ayuntamiento de Sopelana
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Pliegos. Legitimación: la tiene una organización sindical para impugnar cláusulas que perjudican a una persona concreta, persona subrogable afectada por los perfiles lingüísticos fijados en los pliegos. Subrogación de trabajadores: los pliegos no son la fuente de la subrogación y se limitan a reflejar la obligación impuesta legal o convencionalmente, la información dada por el poder adjudicador es conforme con lo requerido por la LCSP. Requisito lingüístico : necesario para hacer efectivos los derechos lingüísticos de los usuarios del servicio contratado, condiciones lingüísticas similares a ¨las exigibles a la administración correspondiente, servicio prestado por una única persona, proporcionalidad de la cláusula, la cláusula no impide la subrogación, la obligación de subrogación no supone permanencia en el mismo , el poder adjudicador no está vinculado por contratos precedentes para configurar el objeto del nuevo contrato.


