- RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2026, del secretario general de Acción Exterior y Euskadi Global, de corrección de la Resolución de 9 de septiembre de 2026, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos, para la realización de proyectos de innovación en el año 2026. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2026, del secretario general de Acción Exterior y Euskadi Global, de corrección de la Resolución de 9 de septiembre de 2026, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos, para la realización de proyectos de innovación en el año 2026.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Lehendakaritza
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 196
- Nº orden: 4262
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 24/09/2026
- Fecha de publicación: 14/10/2026
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Educación
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Institucional
Texto legal
El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
En uno de los enlaces que se incluyen en la Resolucion de 9 de septiembre de 2026, se ha detectado una errata consistente en un dígito equivocado.
Advertidos de ese error en el Anexo de la Resolución de 9 de septiembre de 2026, del secretario general de Acción Exterior y Euskadi Global, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos, para la realización de proyectos de innovación en el año 2026 (BOPV n.º 182, de 23 de septiembre de 2026), se procede a su corrección.
En la página 2026/3980 (7/10), en el Anexo Bases Reguladoras, punto c) de la Base Novena,
donde dice:
A tal efecto, las y los presidentes o representantes legales o personas apoderadas de las citadas entidades podrán obtener la BAK a través de su DNI en vigor o su pasaporte en vigor, como sistema de identificación y firma electrónica previsto en las direcciones siguientes:
https://www.euskadi.eus/servicios/1273301.
Debe decir:
A tal efecto, las y los presidentes o representantes legales o personas apoderadas de las citadas entidades podrán obtener la BAK a través de su DNI en vigor o su pasaporte en vigor, como sistema de identificación y firma electrónica previsto en las direcciones siguientes:
https://www.euskadi.eus/servicios/1273401.
En Vitoria-Gasteiz, a 24 de septiembre de 2026.
El secretario general de Acción Exterior y Euskadi Global,
ANDER CABALLERO BARTUREN.


