- Elaboración, transporte y entrega de comidas preparadas y prestaciones complementarias para el funcionamiento de los comedores de gestión directa en diversos centros públicos dependientes del Departamento de Educación situados en el Territorio Histórico de Bizkaia. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Documentación jurídica
ImprimirElaboración, transporte y entrega de comidas preparadas y prestaciones complementarias para el funcionamiento de los comedores de gestión directa en diversos centros públicos dependientes del Departamento de Educación situados en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 57_2023
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 24/03/2023
- Poder Adjudicador: Gobierno Vasco
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Adjudicación. Acceso al expediente: doctrina general; acceso a un informe auditor que contiene la evaluación del funcionamiento interno de la empresa y de su toma de decisiones y emitido por un tercero que accede a las instalaciones, equipos y procesos productivos de la empresa, conciliación de la tutela judicial efectiva y la protección de información confidencial, información con valor comercial que no se limita al contrato público impugnado sino y cuya divulgación perjudica los intereses comerciales legítimos del licitador, el acceso se requiere para sostener una pretensión que se va a desestimar. Solvencia técnica: la solvencia técnica está claramente determinada en los pliegos, el recurrente no duda de la solvencia del adjudicatario y plantea que la solvencia debe apreciarse en relación a la suma de todos los expedientes de contratación sin alegar ninguna norma o cláusula de los pliegos que lo apoye. Valoración de los criterios de adjudicación: aunque se estimara la pretensión sobre la puntuación la recurrente no resultaría adjudicataria. Mala fe y temeridad: doctrina general; el recurso se basa en dos argumentos, uno de ellos sin base alguna y el otro no le reportaría la adjudicación del contrato en ningún caso, sanción en su grado mínimo por no acreditarse perjuicios distintos de los derivados de la propia interposición del recurso.


