- REAL DECRETO 2488/1978, de 25 de agosto, sobre transferencias de competencias de la Administración del Estado al Consejo General del País Vasco en materia de Interior, Turismo, Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y Transportes. - Legegunea: Normativa del Pais Vasco - Gobierno Vasco - Euskadi.eus
Competencias y Transferencias
ImprimirREAL DECRETO 2488/1978, de 25 de agosto, sobre transferencias de competencias de la Administración del Estado al Consejo General del País Vasco en materia de Interior, Turismo, Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y Transportes.
Identificación
- Situación: Efectuada
- Año de transferencia: 1978
- Materia: Infraestructuras; Medio Ambiente; Seguridad; Ordenación del territorio, Urbanismo y Vivienda
- Área de actuación: Comercio y Turismo; Hacienda y Administración Pública; Medio Ambiente; Transportes y Obras Públicas
- Régimen Local
- Interior:
- Organización, régimen jurídico, bienes y servicios de las Corporaciones Locales.
- Turismo:
- Ordenación de la oferta y la infraestructura turística.
- Empresas y Actividades Turísticas.
- Las oficinas de Información Turística situadas en Bilbao y Vitoria.
- Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas:
- Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas en orden a la emisión de informes y demás cuestiones relacionadas con la concesión de licencias, inspección, sanción, recursos e informe de Ordenanzas y Reglamentos Municipales relativos a este tipo de actividades e industrias cuando sean de libre instalación, o sometidas a autorización, excepto las referidas a plantas de producción energética.
- Transportes:
- Concesión, autorización, explotación e inspección de servicios de transporte por cable, tanto públicos como privados.
- Concesión, autorización y explotación de servicios de transporte por trolebús que discurran íntegramente en el territorio del País Vasco.
- Establecimiento, organización, explotación e inspección de los ferrocarriles y tranvías.
- Concesión, autorización y, en su caso, explotación de los siguientes servicios de transporte mecánico por carretera.
- Establecimiento y explotación de estaciones de vehículos de servicio público de viajeros o mercancías por carretera, enclavadas en su ámbito territorial.
Normas reguladoras
- Normativa autonómica: REAL DECRETO 2488/1978, de 25 de agosto, sobre transferencias de competencias de la Administración del Estado al Consejo General del País Vasco en materia de Interior, Turismo, Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y Transportes.
- Normativa estatal: REAL DECRETO 2488/1978, de 25 de agosto, sobre transferencias de competencias de la Administración del Estado al Consejo General del País Vasco en materia de Interior, Turismo, Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y Transportes
- TH Araba: DECRETO 37/1985, de 5 de Marzo, sobre traspaso de medios y servicios de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Alava, en materia de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
- TH Gipuzkoa: DECRETO 48/1985, de 5 de Marzo, sobre traspaso de medios y servicios de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Guipúzcoa, en materia de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
- TH Bizkaia: DECRETO 58/1985, de 5 de Marzo, sobre traspaso de medios y servicios de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Vizcaya, en materia de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
Transferencias vinculadas
Configuración de competencias
- Estatuto de autonomía: ---
- Constitución: ---
- Legislación Pais Vasco:
- Legislación estatal:
- Jurisprudencia:
- STC 33/1981 Garantías de funcionamiento del ferrocarril metropolitano y transportes urbanos de Barcelona
- STC 179/1985 Cataluña y País Vasco Transporte terrestre y ferrocarril
- STC 122/1989 Guías y guías intérpretes de turismo
- STC 64/1990 Subvenciones para el traslado de industrias de Galicia
- STC 193/1990 Galicia. Turismo
- STC 198/1991 Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1989, de Costas
- STC 180/1992 Agencias de transporte de mercancías
- STC 203/1992 Construcción, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas
- STC 175/1995 Becas para alumnos extranjeros de enseñanzas turísticas y hoteleros
- STC 68/1996 Presupuestos Generales del Estado para 1998
- Resumen STC 118/1996 - Transportes
- STC 118/1996 Regulación del Transporte de viajeros por carretera
- STC 132/1996 Construcción de la carretera Reinosa-Potes
- STC 65/1998 Ley 25/1988, de Carreteras
- STC 132/1998 Inclusión del Condado de Treviño en el catálogo de la red objeto del Plan General de Carreteras del País Vasco
- STC 242/1999 Subvenciones del Estado en el marco del Plan FUTURES
- Resumen STC 235/2001
- STC 235/2001 Medidas de control de sustancia químicas catalogadas susceptibles de desvío para la fabricación ilícita de drogas
- STC 151/2003 Reglamento General de carreteras
- RESUMEN_STC_200-2009_turismo
- STC 120/2012 HACIENDAS LOCALES - 149.1.11 (bases del crédito) y 149.1.14 (Hacienda general)
Recurso de Inconstitucionalidad contra el artículo 54 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales, en la redacción dada al mismo por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Se desestima el motivo impugnatorio de que las leyes de acompañamiento no pueden establecer o modificar normas básicas por afectar al principio de seguridad jurídica.
Se razona al respecto en la Sentencia, con fundamento en la STC 136/2011, «que no cabe apreciar que los preceptos objeto del presente recurso incurran en ningún vicio susceptible de afectar a la seguridad jurídica conforme al contenido constitucionalmente garantizado de dicho principio, pues la Ley 50/1998 de 30 de diciembre, tiene un objeto que, “aunque heterogéneo, está perfectamente delimitado [...]”» (FJ 3).
También se desestima la impugnación al precepto que atribuye al Estado la competencia para autorizar operaciones de crédito a largo plazo a los entes locales que se concierten con entidades financieras residentes fuera de España o en moneda distinta a la nacional o equivalente, y el órgano impugnante reclamaba para sí dicha competencia con base en su Estatuto (art. 210.5 EAC 2006). Entiende que los títulos estatales del 149.1.11 Y 149.1.14 CE legitiman de manera solapa y simultánea la norma estatal.
- STC 150/2012 - CE 149.1.1.13 ART. - Recurso de inconstitucionalidad de Cataluña, contra Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el fondo estatal para el empleo y la sostenibilidad local.
Competencias sobre ordenación general de la economía, hacienda general, régimen jurídico de las Administraciones públicas y gestión de la actividad de fomento: extralimitación en el ejercicio por el Estado de sus competencias básicas (STC 13/1992).
- STC 103/2013 - Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del Gobierno Local. Inconstitucionalidad
del precepto legal que permite nombrar como miembro de la junta de gobierno local a personas distintas de los concejales; Interpretación conforme que enumera los órganos municipales superiores y directivos. Voto particular. STC 143/2013 - Constitucionalidad de la Ley 57/2003 de medidas de modernización del gobierno local.
STC 103/2013 - Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del Gobierno Local. Inconstitucionalidad del precepto legal que permite nombrar como miembro de la junta de gobierno local a personas distintas de los concejales; Interpretación conforme que enumera los órganos municipales superiores y directivos.
STC 143/2013 - Constitucionalidad de la Ley 57/2003 de medidas de modernización del gobierno local.?
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